EFFIC, es una compañía de gestión de rehabilitación en materia de eficiencia energética y tramitación de subvenciones. Contamos con la experiencia de haber gestionado más de 50.000 rehabilitaciones en aproximadamente 3.000 municipios de toda la geografía española en los últimos 5 años.
Desde EFFIC ofrecemos el diagnóstico integral de su edificio, de manera gratuita. Proponemos la solución integral de rehabilitación desde un punto de vista de mejora de la eficiencia energética y le acompañamos durante todo el proceso.
Se realizará un estudio individualizado para poder presentar de forma personalizada los productos e instalaciones que ofrecemos, con la finalidad de conseguir una reducción del consumo y/o demanda. Si contratas nuestros servicios, en el caso de viviendas plurifamiliares, podrás optar a las subvenciones del 40% de los productos instalados (con un límite de 3.000€); y deducirte el 40% de la parte no subvencionable de la declaración de la renta.
Así mismo, ayudamos a buscar unas condiciones de financiación muy interesantes que le permitirán afrontar el pago en cómodos plazos.
La instalación de productos contratados podrá ser financiada en su totalidad por entidades financieras colaboradoras, que permitirá a nuestros clientes beneficiarse de condiciones financieras más favorables que en el mercado.
La TAE se fija por debajo del 6% anual (con una carencia entre 1 y 24 meses), por debajo de otros préstamos al consumo que suele situarse por encima del 7-8%. Desde EFFIC nos encargamos de poner en contacto al cliente con la entidad financiera colaboradora para que hagan el estudio financiero correspondiente y ver si el cliente es susceptible de financiación.
La financiación podrá firmarse una vez concedida la subvención y previamente al inicio de las obras de rehabilitación. El cliente podrá beneficiarse de una carencia de hasta 24 meses, lo que significa que, durante ese periodo de tiempo, únicamente haría frente a los intereses del préstamo y no a la amortización de capital.
Pasaremos su contacto al banco para que se pongan en contacto con vosotros lo antes posible.
Trataremos de tomar el mayor número de datos sobre su vivienda de manera telefónica a través de nuestro equipo técnico y un técnico de nuestra red homologada y especialista en eficiencia energética visitará la vivienda para realizar un estudio individualizado y adaptado a las necesidades de su vivienda.
El objetivo de esta visita consistirá en la toma de datos técnicos de su vivienda para la realización del estudio de eficiencia (incluyendo la simulación del Certificado de Eficiencia Energética inicial), la elección de las medidas de mejora y la elaboración del presupuesto.
El técnico podrá resolver todas las dudas que surjan sobre el proceso (tipos de productos ofertados, financiación, tramitación de las subvenciones, ejecución de obras, etc.).
En el momento de la aceptación del presupuesto y las condiciones, se deberá realizar el pago de una señal por importe de 150€ + tasas del certificado de eficiencia para tramitar las ayudas. Las tasas oscilan entre 0€ y 30€ en función de la comunidad autónoma.
Desde el momento de la aceptación del presupuesto y la aceptación de EFFIC como agente rehabilitador, nos pondremos en contacto con el cliente para terminar de recopilar la información necesaria para la solicitud de la subvención.
Se establece un plazo máximo de 3 meses para dar respuesta a la concesión o denegación de la ayuda desde el momento de la presentación de la solicitud.
Así mismo, se contempla la posibilidad de solicitar anticipos para disponer de fondos antes del inicio de la ejecución de obras.
En caso de no conseguir la subvención, esta señal sería recuperada por el cliente (siempre que sea responsabilidad de EFFIC la no concesión de la subvención y que la AA. PP argumente la no concesión). En caso de que, aunque se conceda la subvención, el cliente decida no continuar con el proceso, no se devolvería la paga y señal, pero se le haría entrega del certificado tramitado.
Concedida la subvención, antes del inicio de la intervención, y siempre y cuando EFFIC sea la beneficiaria de la ayuda, el cliente deberá hacer frente únicamente a la parte no subvencionable. Esto, en la mayoría de los casos será el 60% del importe total de la intervención (IVA incluido) con la correspondiente reducción de los 150€ aportados como paga y señal al momento de la aceptación del presupuesto.
Comprobado el ingreso del montante total de la parte no subvencionable, se iniciarán las obras, dando por finalizadas las mismas y el expediente administrativo de la subvención, una vez justificadas ante el órgano competente de cada comunidad autónoma.
No. Según lo establecido en la Ley 19/2021, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria, no se integra la subvención en la base imponible, y adicionalmente, se contempla que el cliente pueda deducirse en su declaración de IRPF hasta el 60% del importe no subvencionado de las intervenciones.