Actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso residencial siempre que se obtenga una reducción de al menos 30% del consumo de energía.
La subvención será de entre un 40-80% del coste de la intervención (máx. 6.300-18.800€ por vivienda involucrada en la rehabilitación del edificio), pudiendo alcanzar el 100% en supuestos de vulnerabilidad (máx. 21.000€ por vivienda involucrada en la rehabilitación del edificio).
El importe no subvencionable de la intervención podrá ser deducido en IRPF en máximo un 60% con un límite en la base del cálculo de la deducción de 15.000€ cuando se consiga reducir el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%.
Para edificios y unifamiliares, en zonas climáticas C, D y E, se deberá conseguir adicionalmente una reducción de la demanda de energía del 25% (zona C) y del 35% (zona D y E).
Los unifamiliares que no cumplan con este último requisito, podrían ir por el programa de viviendas (reducción del 30% del consumo de energía o reducción del 7% de la demanda de energía)
Las zonas climáticas A y B, aproximadamente, son las provincias costeras de Andalucía, Murcia, Comunidad Valencia y Tarragona.
Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas unifamiliares (incluido pareados y chalets)
Actuaciones de mejora o rehabilitación de unifamiliares de uso residencial siempre que se obtenga una reducción de al menos 30% del consumo de energía.
La subvención será de entre un 40-80% del coste de la intervención (máx. 6.300-18.000€ por vivienda involucrada en la rehabilitación del edificio). 100% en casos vulnerables.
El importe no subvencionable de la intervención se podrá deducir en IRPF en un máximo del 40%, con un límite en la base del cálculo de la deducción de 7.500€ cuando se consiga reducir al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable y un 20% con un límite de 5.000€, cuando se consiga reducir más de un 7% la demanda de energía (aplica para el periodo impositivo del año 2022).